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CÓRDOBA

Posicionamiento del Consejo Andaluz de T.S y su Comisión de Servicios Sociales y Dependencia.

martes 23 de noviembre de 2021 Consejo Andaluz de Trabajo Social

Desde el CPTS-Córdoba, fruto del trabajo de la estructura colegial en la que participamos activamente, compartimos el posicionamiento del Consejo Andaluz de Colegios Profesionales de Trabajo Social y su Comisión de Servicios Sociales y Dependencia.

Con el Acuerdo de 31 de agosto de 2021, del Consejo de Gobierno, este toma en conocimiento la puesta en marcha del proyecto piloto, previo a la modificación normativa del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), regulado actualmente en el Decreto 168/2007, de 12 de junio. Con este proyecto piloto, basado en el principio de simplificación administrativa, la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación pretende reducir sustancialmente la lista de espera en la dependencia, agilizando el proceso al unificar los procedimientos de la valoración de la situación de dependencia y la elaboración del Programa Individual de Atención (PIA). En la actualidad el tiempo que puede transcurrir desde que un ciudadano/a inicia el proceso de acceso a la dependencia, hasta que disfruta de una prestación del sistema puede llegar a alcanzar los dos años. Unos plazos actuales que desde el Consejo Andaluz de Trabajo Social se plantean como inadmisibles y que vulneran el acceder a la dependencia, como derecho subjetivo, en condiciones igualdad, celeridad y calidad.

La iniciativa de simplificar e integrar los procedimientos administrativos y técnicos puede contribuir de hecho a reducir los plazos existentes en la actualidad, y a priori, es un aspecto que compartimos y valoramos como positivo. Pero plantear o poner sólo la mirada en que la unificación de ambos procedimientos, la valoración y el acceso al recurso, es el aspecto determinante y causante de los plazos que actualmente se manejan es querer simplificar la complejidad de todo un proceso en el que intervienen distintas administraciones, consejerías, entidades, y cómo no, que también pone de manifiesto la necesidad de un mayor compromiso político y económico, ya que la dotación actual al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en nuestra comunidad autónoma es insuficiente.
Entre algunas de las consideraciones que hay que tener en cuenta, más allá de lo farragoso y complejo procedimiento administrativo, destacan las siguientes cuestiones:

1. La demora significativa a la hora de resolver las valoraciones de grado y PIA por parte de las correspondientes Delegaciones Provinciales de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. En los últimos años también se ha puesto en evidencia, en lo concerniente a la gestión del procedimiento por parte de las Delegaciones Provinciales, la falta de personal, como de criterios claros y cierta inconsistencia a la hora de establecer prioridades en un sentido u otro, y que también contribuyen a ralentizar todo el procedimiento.

2. Las valoraciones están sujetas previamente, a los tiempos que impone la realización del correspondiente informe de las condiciones de salud, trámite que corresponde a la Consejería de Salud y Familia, que tiene sus propias prioridades y limitaciones de personal para realizar el referido informe.

3. Las dificultades o mayor tiempo de espera para acceder a determinadas prestaciones y recursos, tales como, plazas residenciales, unidades de estancia diurna o el propio servicio de ayuda a domicilio, motivado por la falta de plazas o la disponibilidad de estos recursos, a menudo, por debajo de la demanda existente. Además, consideramos importante una inversión en mejorar estos recursos con los que ya contamos.

4. Si finalmente las valoraciones y la elaboración del PIA, se realizan en una única visita y a cargo de un solo técnico/a, tal como se recoge en el proyecto piloto, ¿ello va ir acompañado de una mayor dotación de profesionales para realizar esta labor? o ¿el planteamiento es que el personal actualmente existente adquiera las dos especializaciones? ¿Los objetivos de trabajo que se les va exigir a estos/as profesionales va a ir en detrimento de la calidad?

5. Este nuevo sistema requiere un procedimiento que establezca claramente cómo se va a realizar la coordinación estrecha entre el/la profesional que realiza el informe social para el PIA, y en el que se detalla la situación social, familiar y del entorno de la persona en situación de dependencia con el/la profesional de referencia de los Servicios Sociales Comunitarios (artículo 31 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía) para garantizar el carácter integral de los itinerarios de atención y su continuidad. No se puede desdeñar el conocimiento que tienen los servicios sociales comunitarios, tanto de la realidad social, como por su proximidad a las personas, familias y unidades de convivencia en las que están insertos. La elaboración de un correcto informe social, no debiera ser el fruto de una única entrevista, ni desdeñar el conocimiento que sobre el caso tienen de los/as trabajadores/as sociales de los servicios sociales comunitarios.

6. En relación con los servicios sociales comunitarios y sus funciones, ¿Cuál es el papel real al que se les quiere relegar dentro del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia?, ¿acaso limitar sus funciones a la mera información y gestión de determinados trámites?, o ¿las que recoge y debiesen ser, las que regulaba el artículo 28 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios sociales de Andalucía? Recordemos también en la ley referida, la figura del profesional de referencia, en cuanto a sus funciones de información, valoración y diagnóstico de la persona o unidad de convivencia, y por tanto clave en el procedimiento y aplicación de la Dependencia.

7. No hay que obviar tampoco, que la situación sociosanitaria de las personas en situación de dependencia y de sus familias es con frecuencia frágil y dinámica. Por tanto, requieren de forma continua asesoramiento en el procedimiento, revisión de grado y de PIA, visitas domiciliarias, de información sobre los requisitos y condiciones de los diferentes recursos y sus compatibilidades. A la dependencia también se vinculan otros recursos necesarios para una atención integral en este proceso: procedimiento de sobre medida de apoyo en el ejercicio de la capacidad jurídica., autos de ingreso involuntario, gestión de incidencias en el servicio de ayuda a domicilio, subvenciones públicas individuales apoyos técnicos, (mayores o con discapacidad). Gestionar la dependencia, no es solo solicitar, valorar y elaborar los PIA, sino todo un proceso relacional amplio y complejo que se in icia y que suele ser a largo en el tiempo, siendo el recurso de proximidad los servicios sociales comunitarios y el profesional de referencia, clave para que la ciudadanía acceda a los recursos en las mejores condiciones de eficacia y eficiencia.

8. Ya nos posicionamos en contra de la modificación que se realizó de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, a través del Decreto-Ley 24/2020, de 22 de septiembre, por el que con carácter extraordinario y urgente, se adoptaron medidas en materia de empleo y servicios sociales, como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), entre otros motivos, en base a que ésta modificación suponía quitarle competencias a los servicios sociales comunitarios, entre ellas la elaboración de los PIA, lo que consideramos un ataque a la figura del profesional de referencia que la ley garantiza.
Seguimos defendiendo que los PIA deben elaborarse desde los servicios sociales comunitarios, ya que, por su proximidad y cercanía a la ciudadanía, es el nivel de atención que mejor conoce las circunstancias personales y familiares de las personas en situación de dependencia. Nos posicionamos en contra de que los PIA se elaboren por profesionales que no acceden a SIUSS para conocer la historia social y que tampoco, se refleje en la misma los datos de la intervención (elaboración del PIA).

9. En torno al proceso de acceso a la dependencia nos encontramos con profesionales vinculados a distintas administraciones y entidades, con regímenes laborales diferentes que desarrollan las mismas funciones, con contratos temporales, continuas rotaciones… y todo ello puede tener su repercusión en un menor grado de satisfacción laboral y una más baja productividad, por ende, en detrimento de la calidad en la aplicación de los recursos de la dependencia. Se defiende la apuesta por personal que forme parte de la estructura de los servicios y no dependiente de contratos de refuerzo o programas.

10. Otra de las principales propuestas que venimos reivindicando y que permitirían agilizar el procedimiento es la unificación en un solo software informático toda la gestión de los expedientes, desde el inicio hasta su archivo (coexistiendo actualmente SIEBEL + NETGEFYS + WEBSAD, etc.), de manera que cada profesional que interviniese en el proceso pudiese acceder con diferentes perfiles al mismo sistema de información y de gestión, y que permitiera cargar todos los documentos, incluyendo los que se envían en el momento de realización del PIA, de esta manera se eliminarían los tiempos de envío de documentación y de gestión, así como sistemas de registros paralelos.

11. El nivel de envejecimiento de la población andaluza es cada vez mayor y las necesidades asistenciales aumentan, y como se refería anteriormente, la dotación de recursos, prestaciones y profesionales que pivotan en torno a la dependencia crece muy por debajo a las necesidades reales existentes. En definitiva, tras lo expuesto, se evidencia que la propuesta de modelo de procedimiento que se plantea el proyecto piloto, es tan solo una parte de todo un proceso, de un sistema complejo, de un engranaje, donde todos los aspectos y actores intervinientes deben de funcionar conjuntamente y de manera coordinada. Los/as profesionales del Trabajo Social estamos a favor, obviamente, de que se acorten unos plazos inconcebibles, pero por supuesto, sin dejar en el camino la calidad de las intervenciones y en la atención a la ciudadanía. Para finalizar, queremos añadir que en estos cambios normativos no se ha contado con la participación del CATS como representación que, a través de los Colegios Profesionales, de las trabajadoras y trabajadores sociales, lo cual consideramos fundamental dada la importancia que tiene la profesión de Trabajo Social en el SAAD, y siendo la profesión directamente implicada en estas actuaciones que se pretenden regular.

En Jaén, a 19 de noviembre de 2021

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